El Tribunal Constitucional (TC), declaró improcedente el recurso de hábeas corpus presentado en beneficio de la expresidenta Dina Boluarte, que buscaba anular el allanamiento a su vivienda del pasado 29 de marzo del 2024.
El recurso interpuesto por el abogado Marco Rivero Ramos fue rechazado por unanimidad en el pleno del TC. El órgano autónomo argumentó su decisión explicando que las actuaciones del Ministerio Público, al ser de carácter postulatorio, no afectan de forma directa la libertad personal.
SOBRE EL RECURSO DE HÁBEAS CORPUS
Cabe precisar que el recurso rechazado fue dirigido contra el entones fiscal de la Nación interino, Juan Carlos Villena, cuestionando la legalidad del allanamiento al domicilio de Boluarte Zegarra ubicado en el distrito de Surquillo por el caso "Rolex".
El hábeas corpus alegaba una vulneración al debido proceso, así como una presunta vulneración al principio de legalidad penal. De igual forma, se acusó al Ministerio Público de utilizar el caso Rolex con fines netamente políticos.
Además, el recurso cuestionaba la legitimidad de Villena Campana al no haber sido juramentado ante la presidenta, señalando que la diligencia se ejecutó sin competencia legal válida.