Política

Hace 4 horas

Gobierno oficializa reglamento de la APCI para supervisar cooperación internacional en el Perú

Decreto Supremo establece mecanismos de supervisión para recursos de cooperación técnica internacional. Incluye cuatro registros electrónicos obligatorios.




El Ministerio de Relaciones Exteriores oficializó este domingo, mediante el Decreto Supremo N.° 032-2025-RE, el reglamento de la Ley N.° 27692 que crea la Agencia Peruana de Cooperación Internacional (APCI).

La norma, publicada tras la modificación introducida por la Ley N.° 32301 aprobada en marzo, establece los mecanismos para fortalecer la transparencia en la administración de recursos de cooperación internacional, priorizando a los sectores más vulnerables del país.

El reglamento consta de un título preliminar, siete títulos, 29 artículos y disposiciones complementarias que serán de aplicación obligatoria para todas las entidades públicas y privadas que gestionen o ejecuten Cooperación Técnica Internacional (CTI).

Registros a cargo de la APCI

La APCI deberá supervisar y fiscalizar el correcto uso y destino de los recursos provenientes del exterior, así como los contratos y actos jurídicos vinculados a la CTI. La norma establece cuatro registros electrónicos de inscripción obligatoria y automática.

En ese sentido estará a cargo del registro de ONGD nacionales receptoras de CTI, registro de ENIEX (entidades extranjeras de cooperación), registro de IPREDA (instituciones privadas sin fines de lucro receptoras de donaciones) y registro de expertos y voluntarios que incorpora la variable étnica.

Coordinación interinstitucional 

La actualización de la información en estos registros también es de carácter obligatorio. El reglamento dispone que la APCI coordinará con la SUNAT y la Unidad de Inteligencia Financiera del Perú (UIF-SBS) para reforzar la supervisión de organizaciones nacionales y extranjeras que reciben cooperación internacional. 


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