El día de hoy el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) indicó que los aumentos salariales que a la fecha han sido realizados por los alcaldes provinciales y distritales no son validos ya que no se cumplió con el debido proceso normativo.
A través de un comunicado, este portafolio indicó que es necesario que la compensación económica sea aprobada por decreto supremo, como se estipula en la Ley del Presupuesto 2019 que sí autoriza modificar la compensación económica para alcaldes provinciales y distritales en el presente año, pero siguiendo ciertas normas.
El documento indica que “en concordancia con lo establecido en las normas sobre servicio civil, la compensación económica debe aprobarse mediante decreto supremo con voto aprobatorio del Consejo de Ministros".
En otro punto el MEF señala que "la exoneración de la prohibición para reajustes o incrementos de remuneraciones tiene validez únicamente cuando la compensación económica es aprobada mediante decreto supremo".
"Unicamente a partir de la vigencia del decreto supremo que apruebe las nuevas compensaciones económicas de los alcaldes, en el marco de la Ley del Servicio Civil, podrán percibir los nuevos montos" aclara la entidad pública.
Dado que hasta la fecha no se ha emitido el mencionado decreto supremo, el MEF sentenció los referidos aumentos salariales son “nulos, inejecutables e inexigibles”, pues van en contra de las normas vigentes.
Como se sabe, varios alcaldes electos de diferentes regiones del país han dispuesto el incremento de sus sueldos a pocas semanas de haber asumido su cargo edil.
Por último, el MEF exhortó a los burgomaestres provinciales y distritales a velar por el cumplimiento de las disposiciones legales vigentes.