El Poder Judicial (PJ) decidió suspender el trámite del amparo presentado por Delia Espinoza Valenzuela, quien buscaba ser repuesta como fiscal de la Nación. La medida fue dictada por el juez Fidel Torres Tasso, del Noveno Juzgado Constitucional de Lima, luego de que el Tribunal Constitucional (TC) admitiera la medida cautelar solicitada por la Junta Nacional de Justicia (JNJ).
La resolución judicial, emitida el 12 de diciembre, recuerda que el TC es el órgano supremo en materia constitucional y que sus fallos tienen carácter vinculante por encima del Poder Judicial. En ese sentido, Torres Tasso indicó que el caso quedó “fuera del ámbito jurisdiccional ordinario”, al haberse resuelto el conflicto de competencias entre el PJ y la JNJ.
La decisión del Tribunal Constitucional detiene los efectos del amparo presentado por Espinoza contra la JNJ, entidad que había sido cuestionada por su destitución. Con esta medida, el proceso deberá esperar la resolución definitiva del máximo intérprete de la Constitución antes de continuar su trámite en el fuero judicial.
EL PEDIDO DE DELIA ESPINOZA
Previo a la decisión, la exfiscal de la Nación había solicitado a Torres Tasso que inaplique la resolución del TC, al considerar que esta vulneraba derechos fundamentales. En su escrito, Espinoza argumentó que el fallo era “manifiestamente inconvencional” y contravenía la Convención Americana sobre Derechos Humanos (CADH).
Asimismo, invocó el artículo VIII del Título Preliminar del Código Procesal Constitucional, que dispone que ante incompatibilidades entre decisiones del TC y tribunales internacionales, debe prevalecer aquella que mejor proteja los derechos humanos. Por ello, pidió que el amparo y la medida cautelar continúen su trámite, alegando vulneración de la tutela judicial efectiva.
El caso mantiene en expectativa a la comunidad jurídica, ya que su desenlace podría sentar un nuevo precedente sobre los límites de competencia entre el Poder Judicial y el Tribunal Constitucional en el ámbito de control constitucional.



