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Pasado Miércoles 11

Gobierno oficializa ley que sanciona a jueces y fiscales que liberen a criminales detenidos en flagrancia

Conozca mayores detalles sobre las nuevas leyes publicadas por el Gobierno, aprobadas por el Congreso, que benefician a policías y sancionan tanto a jueces como a fiscales.

Foto: El Peruano



El Gobierno de Dina Boluarte promulgó hoy una ley que sanciona a los jueces y fiscales que decidan liberar a criminales detenidos en flagrancia delictiva.

Este miércoles, se oficializó la ley 32182 en el diario El Peruano, que modifica la Ley de la Carrera Fiscal, Ley de la carrera Judicial y el Código Penal

A partir de mañana, 12 de diciembre, los jueces y fiscales que liberen a presuntos delincuentes detenidos por la Policía por penas privativas de más de 5 años, serán considerados infractores de la Ley de la Carrera Judicial y de la Carrera Fiscal respectivamente.

“Son faltas muy graves (…) Disponer, omitiendo sus deberes funcionales, la libertad de personas detenidas en flagrancia por la Policía Nacional del Perú o de personas bajo arresto ciudadano por la comisión de delitos cuya pena privativa de libertad es mayor de cinco años”, se lee.

En la norma precisan que esto es solo aplicable si se considera que el caso tiene los elementos de convicción suficientes para mantener a los presuntos criminales privados de su libertad.

Dicha ley también modifica el Código Procesal Penal para acusar de prevaricato y castigar con penas no menor de ocho ni mayor de 12 años de prisión a aquellos jueces y fiscales que incumplan con dicha norma.

PROHÍBEN DETENCIÓN DE POLICÍAS QUE MATEN O LESIONEN EN EL EJERCICIO DE SUS FUNCIONES 

Por otro lado, también se promulgó la ley 31181, la cual establece que los fiscales no podrán pedir la detención preliminar judicial ni prisión preventiva contra los policías que causen la muerte o lesiones a personas, en el ejercicio de sus funciones. 

Para ello se procederá a incorporar los artículos 261°-A y 268°-B al Nuevo Código Procesal Penal, Decreto Legislativo N° 957.

“El fiscal se encuentra impedido de solicitar detención preliminar judicial (y prisión preventiva) contra el personal de la Policía Nacional del Perú en situación de actividad en cuadros que, en el ejercicio de su finalidad constitucional, hace uso de sus armas o medios de defensa en forma reglamentaria y, como consecuencia de ello, acontece alguna lesión o muerte”, se lee.


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