Poder Judicial

Hace 6 meses

Lava Jato: aprueban acuerdo de colaboración eficaz de la empresa Cosapi y pagará más de S/ 84 millones de reparación civil

El convenio permitirá que la compañía brinde valiosa información, documentación y testimonios respecto al caso “Club de la Construcción”.

Foto: Andina/Daniel Bracamonte



El Poder Judicial aprobó el acuerdo de colaboración eficaz corporativo suscrito entre el Equipo Especial “Lava Jato” del Ministerio Público, la Procuraduría Ad Hoc para el mismo mega caso de corrupción y la constructora peruana COSAPI S.A. 
 
Mediante sentencia del 17 de mayo, la jueza Margarita Salcedo Guevara del Quinto Juzgado de Investigación Preparatoria Nacional homologó el convenio, a través del cual COSAPI reconoce culpabilidad por delitos de corrupción en proyectos de infraestructura que vienen siendo investigados en el denominado caso “Club de la Construcción”. 
 
La empresa también ha reconocido que, como integrante de dicho “Club”, participó en los concursos públicos de otras obras con el fin de dar la apariencia de competencia. 
 
Por todo ello, la sentencia establece que la compañía deberá pagar al Estado peruano una reparación civil de S/ 84.3 millones en un plazo de 9 años, más intereses legales aproximados de S/ 15 millones. 
 
La cuota inicial será de aproximadamente S/ 15.3 millones y deberá ser pagada a los 30 días calendario luego de la notificación que declare firme la sentencia del acuerdo.
 
“Este es el tercer acuerdo de colaboración eficaz corporativo que se ha aprobado en el marco del mega caso Lava Jato. Con ello, el Estado peruano empezará a cobrar la reparación civil este año, independientemente del avance que viene teniendo el caso “Club de la Construcción” a nivel judicial”, señaló Silvana Carrión Ordinola, procuradora ad hoc para el caso Lava Jato.
 
El convenio también establece la creación de un fideicomiso para garantizar el pago de las 9 cuotas de la reparación civil, el cual será administrado por Cofide o el Banco de la Nación.
 
Asimismo, se ha incluido una cláusula que prohíbe a COSAPI iniciar procesos arbitrales, judiciales o administrativos contra el Estado, en sede nacional o internacional, por los proyectos que forman parte del convenio.


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