La Policía Nacional del Perú (PNP) oficializó que la información contenida en el Sistema de Denuncias Policiales y en el Sistema de Registro de Denuncias de Investigación Criminal no podrá ser de acceso público durante un periodo de cinco años. La medida se formalizó mediante la Resolución Directoral N.° 009-2025-DIRTIC-PNP, publicada en el portal institucional del Ministerio del Interior.
En el documento se señala expresamente: “Clasificar como información reservada en la Policía Nacional del Perú, independientemente del soporte en que se encuentre, toda la información de denuncias contenida en la base de datos (…) por un plazo de cinco (05) años a partir de la fecha”. Esta decisión se sustenta en la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública (Ley N.° 27806), que permite excepciones cuando la difusión pueda afectar la intimidad personal, la seguridad nacional o investigaciones en curso.
Fundamentos de la medida
La resolución recuerda que, según el artículo 16 de la Ley N.° 27806, se puede restringir información “cuya revelación podría entorpecer el curso de las investigaciones en su etapa policial, considerándose por ello información clasificada como reservada”. Bajo esa premisa, la PNP argumenta que la reserva es una medida “idónea, necesaria y adecuada para garantizar la eficacia de las investigaciones y la finalidad de la función policial”.
El texto también enfatiza que la información de denuncias constituye un insumo clave para la labor policial, pues es “de uso exclusivo de la institución, y orientada estrictamente a garantizar, mantener y restablecer el orden interno y la seguridad pública”. Además, subraya que la finalidad pública prima sobre el interés individual: “La eficacia de las investigaciones constituye un presupuesto indispensable para garantizar derechos fundamentales como la vida, la integridad personal y la dignidad humana”.
Custodia y publicación
La disposición ordena que la Unidad de Recepción Documental de la Dirección de Tecnología de la Información y Comunicaciones adopte medidas de protección: “Disponer que (…) se adopten las acciones pertinentes para el registro y custodia de la información clasificada como reservada”. Asimismo, establece que la resolución deberá ser difundida oficialmente: “Disponer la publicación de la presente Resolución en el Portal de Transparencia Estándar de la Policía Nacional del Perú, en el Portal Institucional de la Policía Nacional del Perú y en la Plataforma Web Sistema Integrado de Gestión de la Carrera Policial”.
Con esta decisión, la ciudadanía, periodistas e instituciones externas no podrán acceder a las denuncias registradas en los sistemas mencionados hasta el año 2030, salvo en los casos de excepción previstos en la ley. La PNP justificó la medida señalando que, de no aplicarse, “se pondría en riesgo la finalidad esencial de la Policía Nacional del Perú, que es prevenir, investigar y combatir la delincuencia”.