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Minedu restringe el uso de celulares en colegios durante actividades educativas

El Ministerio de Educación promulgó el reglamento que regula el uso de dispositivos electrónicos en las aulas, estableciendo excepciones pedagógicas, de salud y de emergencia.

Foto: Minedu



El Ministerio de Educación (Minedu) promulgó el Reglamento de la Ley N.° 32385, aprobado mediante el Decreto Supremo N.° 018-2026-MINEDU y publicado en el Diario Oficial El Peruano, el cual establece la restricción obligatoria del uso de teléfonos celulares y dispositivos electrónicos similares durante las actividades educativas en colegios públicos y privados de educación primaria, secundaria, Básica Alternativa y Básica Especial a nivel nacional.

La medida comprende tanto el horario de clases dentro de los locales como las actividades que formen parte del servicio educativo fuera de sus instalaciones o del horario habitual. La normativa contempla excepciones específicas donde se autoriza el uso de dispositivos, tales como fines pedagógicos previstos en el Currículo Nacional con autorización del director o docente, barreras educativas que limiten el aprendizaje, problemas de salud o discapacidad respaldados por un profesional o certificado médico, y situaciones de emergencia que comprometan la vida o seguridad.

Para hacer cumplir la restricción, las instituciones educativas podrán habilitar espacios de custodia temporal que no excedan la jornada escolar salvo casos graves de reiteración donde se entreguen directamente a los padres, garantizando la conservación del equipo y prohibiendo el acceso a información personal. Asimismo, los colegios deberán colocar avisos visibles en el exterior, incluyendo lenguas indígenas u originarias de ser necesario, e informar sobre el uso responsable de la tecnología.

Respeto a la intimidad y aplicación de protocolos

El reglamento precisa que el monitoreo del cumplimiento debe realizarse respetando la dignidad y la intimidad de los estudiantes, por lo que la supervisión no implica revisar el contenido de los teléfonos ni incluir tratos discriminatorios, humillantes u ofensivos.

Si se detectan situaciones de ciberacoso o hechos de relevancia penal, como delitos contra la intimidad o libertad sexual, las instituciones educativas deberán aplicar los protocolos de convivencia escolar y comunicarlo de inmediato a las autoridades competentes, aplicando medidas correctivas formativas contenidas en su reglamento interno.


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