El Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad (Conadis) recordó hoy a los organizadores de eventos públicos y privados la obligación de reservar y aplicar descuentos a entradas para personas con discapacidad debidamente acreditadas, ante el incremento de espectáculos por Fiestas Patrias.
La norma señala que, en caso de eventos públicos, se debe aplicar el 50 % de descuento sobre el valor de la entrada, y la reserva del 25 % del número total de entradas. Mientras que, para los eventos privados, el descuento es del 20 % y la reserva de hasta el 10 % de entradas, respectivamente.
Este beneficio es exclusivo para las personas con discapacidad que presenten su carné del Conadis o certificado de discapacidad, tanto al momento de la compra como para el ingreso al establecimiento; es decir, es intransferible.
¿Cuáles son las multas?
El Conadis informa que, según la Ley 29973, las empresas organizadoras que impidan el ingreso de personas con discapacidad a sus eventos, públicos o privados, pueden ser multadas con hasta 7 Unidades Impositivas Tributarias (UIT), equivalente a S/ 36 050, al tratarse de una infracción grave.
En cuanto a la inaplicación del descuento del 50 % y 20 % a los precios de las entradas para eventos públicos y privados, respectivamente, el ente rector señala la multa ascendería hasta 2 UIT, equivalente a S/ 10 300.
Cabe precisar que, ante la vulneración de sus derechos, la persona con discapacidad o su familiar puede denunciar el hecho, llamando a la línea gratuita 1866 de la Red Alivia Perú del Conadis, o acudiendo a la sede central, ubicada en la Av. Arequipa 375, Cercado de Lima.