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Lunes, 30 de enero del 2023

Sunat: ¿Qué trabajadores no pagarán impuesto a la renta este 2023?

Un gran número de trabajadores no tendrán que pagar Impuesto a la Renta este 2023, tras el incremento de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) de S/ 4,600 a S/ 4,950.

Sunat: ¿Qué trabajadores no pagarán impuesto a la renta este 2023?

Un gran número de trabajadores no tendrán que pagar Impuesto a la Renta este 2023, tras el incremento de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) de S/ 4,600 a S/ 4,950.




Un gran número de trabajadores no tendrán que pagar Impuesto a la Renta este 2023, tras el incremento de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) de S/ 4,600 a S/ 4,950.

La Sunat (Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria) informó que los trabajadores independientes con Rentas de Cuarta Categoría, que emiten recibos por honorarios, no están obligados a pagar el Impuesto a la Renta si sus ingresos mensuales no superan los S/ 3,609.

En el caso de los trabajadores dependientes, es decir, en planilla, se sube el límite del sueldo bruto mensual para no pagar impuesto a la renta, que en el 2022 es de S/ 2,300 y para el 2023 será de S/ 2,475.

La medida también aplica para los profesionales con funciones de directores de empresas, síndicos, mandatarios, gestores de negocios, albaceas o similares, que tengan rentas por estas funciones y otras de Cuarta y/o Quinta Categoría, siempre que sus ingresos no superen los S/ 2,888 mensuales.

Este mismo grupo de trabajadores podrá pedir la suspensión de las retenciones a cuenta del Impuesto a la Renta si proyectan que este 2023 no superen los S/ 43,313.

Asimismo, quienes proyecten que sus ingresos en el presente año por Rentas de Cuarta Categoría o por Rentas de Cuarta y Quinta Categoría no superen los S/ 43,313 no podrán solicitar a la Sunat la suspensión de las retenciones y/o sus pagos a cuenta del impuesto a la renta.

En caso se supere el monto esperado, el contribuyente deberá declarar y efectuar el pago a cuenta del impuesto a la renta que corresponda por la totalidad de los ingresos de Cuarta Categoría que obtenga en un determinado mes.

CRONOGRAMA PARA PRESENTAR IR

El cronograma de vencimientos comenzará a vencer desde el 24 de marzo y se extiende hasta el 11 de abril, dependiendo del número de RUC del contribuyente:

Si tu RUC termina en 0 la última fecha para declarar es el 24 de marzo de 2023
Si tu RUC termina en 1 la última fecha para declarar es el 27 de marzo de 2023
Si tu RUC termina en 2 la última fecha para declarar es el 28 de marzo de 2023
Si tu RUC termina en 3 la última fecha para declarar es el 29 de marzo de 2023
Si tu RUC termina en 4 la última fecha para declarar es el 30 de marzo de 2023
Si tu RUC termina en 5 la última fecha para declarar es el 31 de marzo de 2023
Si tu RUC termina en 6 la última fecha para declarar es el 3 de abril de 2023
Si tu RUC termina en 7 la última fecha para declarar es el 4 de abril de 2023
Si tu RUC termina en 8 la última fecha para declarar es el 5 de abril de 2023
Si tu RUC termina en 9 la última fecha para declarar es el 10 de abril de 2023

Los buenos contribuyentes y sujetos no obligados a inscribirse en el RUC podrán presentar su declaración hasta el próximo 11 de abril del 2023.

Con información de Andina y RPP.


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