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Lunes, 13 de junio del 2022

AFP 2022: Desde hoy afiliados podrán solicitar retiro de fondos hasta S/ 18,400

Al igual de en anteriores ocasiones, el mecanismo para solicitar el desembolso de tus fondos se realizará de manera online a través de https://www.consultaretiroafp.pe/.




 

A partir de hoy, los afiliados a las AFP podrán solicitar el retiro de hasta 4 UIT (S/ 18,400), para presentar el pedido se debe tener en cuenta el último dígito de su documento nacional de identidad (DNI). En esta oportunidad se comenzará con el número 9.

Al igual de en anteriores ocasiones, el mecanismo para solicitar el desembolso  de tus fondos se realizará de manera online  a través de https://www.consultaretiroafp.pe/, el cual estará activo de lunes a viernes de 8:00 a.m. a 6:00 p.m. Para el registro:

- Ingresar al link https://www.consultaretiroafp.pe/ y consulta qué día tienes permitido ingresar tu solicitud, de acuerdo con el último dígito de tu DNI.

- Llenar los datos solicitados y hacer clic en ‘Consultar’. Si aparece un mensaje confirmándote que estás apto para hacer el retiro, ingresa a Registrar solicitud.

Consigna una cuenta bancaria propia en donde recibir tu retiro extraordinario.

Elige tu banco y añade el número de cuenta. Caso contrario, puedes seguir el trámite, pero tu AFP se comunicará contigo en los siguientes días para coordinar el desembolso.

 

Foto: Prima AFP

 

Cronograma de retiros

 

Primer desembolso de hasta 1 UIT (S/ 4,600): En un plazo máximo de 30 días calendario, computados desde presentada la solicitud ante la AFP.

Segundo desembolso de hasta 1 UIT (S/ 4,600): En un plazo máximo de 30 días calendario, computados desde efectuado el primer desembolso por la AFP.

Tercer desembolso por el remanente del monto solicitado hasta 2 UIT (S/ 9,200): En un plazo máximo de 30 días calendario, computados desde efectuado el segundo desembolso por la AFP.

 

Este nuevo retiro mantiene la condición de intangible, no pudiendo ser objeto de descuento, compensación legal o contractual, embargo, retención, o de cualquier forma de afectación, sea por orden judicial o administrativa, sin distingo de la cuenta en la que hayan sido depositados, informa Correo.

 

 

 


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