Desde el año 2018, el Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi), emitió una norma en donde se determina que las personas pueden llevar sus propios alimentos a los cines.
De esta forma, los ciudadanos pueden acceder a dichos espacios y disfrutar de una buena película degustando sus propios potajes, no obstante, existen algunas restricciones que el público debe tener en cuenta para evitar inconvenientes.
En entrevista para Dilo Fuerte, Milagros Pozo, directora de Fiscalización de Indecopi, explicó que esta norma permite a los clientes ingresar a las salas de cine con alimentos similares a los que se venden en dichos lugares.
"Los consumidores tienen un derecho a la libre elección, y obviamente, cualquier prohibición que afecte este derecho es un cláusula abusiva. Podemos llevar canchita, bebidas gaseosas, agua, es más, si el cine vende hot dog, tequeños, o cualquier otro snack similar, también se puede llevar", explicó.
¿QUÉ ALIMENTOS NO SE PUEDEN LLEVAR?
"Lo que no podemos hacer es llevar alimentos como, por ejemplo, un arroz chaufa, un pollo a la brasa, o quizás un twister, una hamburguesa, ese tipo de alimentos no se pueden llevar", añadió.