24 Horas Edición Central

21/12/2023

Corte IDH señala que “el Estado ha incurrido en desacato” tras la excarcelación de Alberto Fujimori

También se dispuso una "supervisión reforzada" de la obligación del Perú de investigar, juzgar y sancionar las "violaciones de derechos humanos de los casos Barrios Altos y La Cantuta".

Foto: Andina



La Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) emitió una resolución en la que señalan que el Estado peruano incurrió en un “desacato” tras efectuar la liberación del expresidente Alberto Fujimori, sin tomar en cuenta las resoluciones en las que se estableció que se debían abstener de ejecutar el fallo del Tribunal Constitucional (TC).

“Declarar, de conformidad con lo expuesto en los Considerandos 59 a 73, que el Estado ha incurrido en un desacato de la Resolución de adopción de medidas urgentes de no innovar emitida por la Presidencia de la Corte Interamericana el 5 de diciembre de 2023, así como también ha incurrido en un desacato de las Resoluciones de supervisión de cumplimiento de sentencia de 30 de mayo de 2018 y 7 de abril de 2022, debido a que ejecutó la sentencia dictada por el Tribunal Constitucional del Perú el 17 de marzo de 2022 que restituyó los efectos al indulto ‘por razones humanitarias’ otorgado el 24 de diciembre de 2017 por el Presidente de la República a Alberto Fujimori, a pesar que la Corte había dispuesto que debía ‘abstenerse de implementar[la]’ debido a que no observó los estándares de derecho internacional que debían ser tomados en cuenta al realizarse un control jurisdiccional de dicho indulto.”, se lee en el documento. 

Dicho “desacato” del Estado peruano a la corte será informado ante la Asamblea General de la Organización de los Estados Americanos (OEA) en el informe anual de la Corte Interamericana para el 2023.

También se hizo referencia a los integrantes del Tribunal Constitucional, que el 4 de diciembre aprobaron la resolución que permitió la liberación de Fujimori, advirtiendo que no emitieron una resolución independiente a la de marzo del 2022 en la que se haya valorado el indulto, su necesidad o su proporcionalidad ante la ejecución de la pena del exjefe de Estado.

INFORME

En el documento emitido por dicho organismo internacional destacan que el Estado peruano tendrá que presentar a la Corte Interamericana de Derechos Humanos, a más tardar el 4 de marzo de 2024, un informe sobre el cumplimiento de la obligación de investigar, juzgar y, de ser el caso sancionar “las graves violaciones a los derechos humanos determinadas en las Sentencias emitidas en el caso Barrios Altos y en el caso La Cantuta", de conformidad con lo indicado en el punto resolutivo primero de la resolución emitida. Además de continuar presentando informes cada tres meses, por el tiempo que la mencionada corte considere necesario.

ALBERTO FUJIMORI

El 5 de diciembre, el Tribunal Constitucional ordenó la liberación de Alberto Fujimori, quien purgaba una condena de 25 años de prisión por violación de derechos humanos, al ejecutar su sentencia, del año 2022, que restituyó el indulto otorgado al exmandatario.

Como se recuerda, el expresidente Pedro Pablo Kuczynski le concedió el indulto humanitario en 2017. No obstante, este fue posteriormente anulado por la Corte Suprema en 2018

Sin embargo, el exjefe de Estado presentó un habeas corpus en el 2022, el cual fue declarado fundado por el Tribunal Constitucional, el máximo órgano constitucional. En el fallo, se ordenaba la liberación del expresidente.


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