24 Horas Edición Medio Día

15/06/2023

Carlos Caro explica alcances de ley que faculta expulsar a extranjeros que comentan delitos en Perú

De acuerdo al especialista, la reducción a S/495 como monto mínimo para que una falta se considere como hurto, es como “un saludo a la bandera”.




El abogado penalista Carlos Caro en entrevista con 24 Horas se manifestó acerca de la ley que faculta expulsar a extranjeros que comentan delitos en el país y de la reducción del monto mínimo para que una falta sea considerada como hurto.

De acuerdo a Caro, la reducción a S/495 como monto mínimo para que la falta se considere como hurto, es como “un saludo a la bandera”, porque la población espera sanciones reales, muchas veces no se identifica al autor del delito y el problema es la eficacia del sistema penal. Asimismo, señaló que la policía no está en condiciones de hacer el seguimiento de caso. “Al final seguirá siendo la puerta giratoria para este tipo de actos, entre la policía y la fiscalía”, señaló.

Respecto a la aprobación para facilitar la expulsión de extranjeros que cometen delitos en el Perú, el especialista mencionó que, se está estableciendo una regulación en el sistema penal peruano, “si la pena no supera los años, lo que va a pasar es que el juez ordene que la persona sea expulsada del país, y aplica sólo si el agraviado es un ciudadano peruano”, recalcó.
 
Para las personas con antecedentes penales o policiales en su país de origen, esta medida, podría prosperar como una reforma a la ley migratoria mediante un procedimiento administrativo, pero sólo por esa vía. “Los delitos de homicidio, corrupción y drogas son los que superan la escaña de los años, en los casos en que no exista una pena de cárcel efectiva no aplicaría”, dijo.


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