El rechazo de un billete de S/ 200 en un establecimiento de Chimbote volvió a poner en debate los derechos de los consumidores al momento de pagar en efectivo. Ante esta situación, el Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi) advirtió que los comercios no pueden negarse injustificadamente a recibir billetes y monedas de circulación nacional.
La entidad señaló que estas restricciones pueden perjudicar especialmente a las personas adultas mayores, personas con discapacidad y ciudadanos que no utilizan billeteras digitales. Asimismo, precisó que el temor a recibir dinero falso no justifica prohibir de manera general los billetes de determinada denominación, aunque la sospecha razonable de falsificación sí puede ser un motivo válido para rechazar uno en particular.
Multas y sanciones para los establecimientos
Los negocios que incumplan las normas de protección al consumidor pueden recibir desde una amonestación escrita hasta una multa máxima de 450 UIT, equivalente a S/ 2 millones 475 mil. Sin embargo, la sanción dependerá de la evaluación de cada caso, la gravedad de la infracción y los daños ocasionados.
Indecopi también recordó que los consumidores afectados pueden solicitar el libro de reclamaciones para dejar constancia de lo ocurrido. Los establecimientos tienen un plazo de 15 días hábiles para responder el reclamo o la queja. Si consideran que sus derechos fueron vulnerados, los ciudadanos pueden acudir a la entidad para presentar una denuncia y solicitar la evaluación correspondiente.

