24 Horas Edición Central

22/10/2025

¿Qué actividades necesitan permiso tras declaratoria de estado de emergencia?

El presidente del Consejo de Ministros, Ernesto Álvarez, explicó en entrevista con Panamericana Televisión qué actividades quedan restringidas con la medida de excepción.




Uno de los derechos constitucionales restringidos en el marco del estado de emergencia por 30 días en Lima y Callao es el de la libertad de reunión, según el decreto supremo vigente desde este miércoles. La norma precisa que toda actividad religiosa, cultural, deportiva o no deportiva de carácter masivo y público deberá contar con el permiso correspondiente de las autoridades competentes para su evaluación y autorización.

El presidente del Consejo de Ministros, Ernesto Álvarez, explicó en entrevista con Panamericana Televisión que se tomaron como referencia los indicadores de Defensa Civil para definir qué tipo de evento requiere autorización. “Un espectáculo deportivo o no deportivo masivo es aquel que tiene más de tres mil asistentes, y necesariamente necesita permiso de la municipalidad o de la Policía”, precisó el premier.

En cuanto a las protestas públicas, Álvarez sostuvo que el derecho no se elimina, sino que se restringe de manera racional y proporcional. “El derecho subsiste. Un Estado no puede eliminarlo, pero puede restringir la actividad en función de una necesidad”, declaró. En ese sentido, señaló que manifestaciones como la realizada por los mineros artesanales en la avenida Abancay, que no superan los tres mil participantes ni presentan violencia, no serán retiradas por la fuerza.

CUESTIONA DISPOSICIÓN

Sin embargo, el exdirector general de la Policía Nacional, general (r) Eduardo Pérez Rocha, cuestionó la disposición, advirtiendo que podría generar confusión en las fuerzas del orden. “Decir que si son menos de tres mil no hay problema, incluso si obstruyen la vía pública, va en contra de lo que se busca. Se deben tomar medidas de acción y no mantener pasividad”, señaló. Expertos remarcan que los permisos deberían solicitarse solo cuando las actividades se desarrollen en vías públicas o espacios abiertos.


También te puede interesar:

BANNER