La Sala Especializada en Protección al Consumidor (SPC) del Tribunal del Indecopi impuso al Banco de Crédito del Perú S.A. (BCP) una multa de 110 UIT, equivalentes a S/ 462 000.00, tras considerar que violó el derecho de sus consumidores.
La SPC confirmó, en última instancia administrativa, que el citado banco vulneró el derecho de un grupo de consumidores a efectuar pagos anticipados de sus deudas, pues dichos abonos fueron considerados por el BCP como adelanto de cuotas, sin reducir intereses, comisiones y gastos.
Mediante una resolución, la SPC confirmó la decisión de la Comisión de Protección al Consumidor, la cual confirmó que esta vulneración se efectuó en 32 casos entre julio y setiembre de 2015, con lo que el banco obtuvo un beneficio ilícito por S/ 46 113.33.
Asimismo, dispuso que se inscriba al BCP en el Registro de Infracciones y Sanciones del Indecopi y que la Secretaría Técnica de la Sala comunique a la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) esta decisión para que adopte las medidas que considere pertinentes.
Los pagos anticipados son aquellos realizados por los clientes sobre el capital de la deuda y generan la reducción de intereses, comisiones y gastos a la fecha de pago. El pago adelantado, que el banco aplicó, no reduce intereses, comisiones, gastos u otros conceptos como parte de la cuota.