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Jueves, 28 de mayo del 2020

Usuarios con consumo de luz de hasta 300kWh mensual también fraccionarán su deuda

Decreto de urgencia publicado este jueves señala que el fraccionamiento puede ser aplicado a recibos emitidos en mayo o consumo posterior, y mientras dure el estado de emergencia.




 

Los usuarios con un consumo de luz mensual de hasta 300 kilovatios-hora (kWh) también puedan fraccionar su deuda, como medida de apoyo ante la crisis por la pandemia del coronavirus en el país.

El Decreto de Urgencia Nº 062-2020, publicado este jueves en El Peruano, establece que el fraccionamiento podrá ser aplicado a los recibos emitidos en mayo o que comprendan algún consumo posterior y mientras dure el estado de emergencia.

Cabe señalar que un anterior decreto emitido a inicios de abril señalaba que el beneficio solo sería para usuarios con consumos de hasta 100 kWh mensuales o aquellos que usaran los sistemas eléctricos rurales no convencionales 

Adicionalmente, se cancelarán los intereses compensatorios máximos aplicables según el siguiente rango de consumo:

Consumos de 0-100 kW/h: 100%
Consumos >100 hasta 150 kW/h: 75%
Consumos > 150 hasta 300 kW/h: 50%

Estos intereses serán cancelados con los saldos disponibles del Fondo de Inclusión Social Energético (FISE). El fraccionamiento se podrá realizar hasta en 15 días hábiles posteriores de concluido el estado de emergencia.


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