Ahora la empresas que brinden este servicio deberán garantizar a los consumidores una velocidad mínima de 4 megabites para la descarga y 1 megabite para la carga. Así lo señaló la reciente resolución del ministerio de Transportes y Comunicaciones.
Ahora, antes de la contratación del servicio, se recomienda tener en cuenta la diferencia entre velocidad nominal, que es lo que la empresa ofrece, y una velocidad efectiva, que es lo que realmente dan.
Vale decir que ahora, antes de adquirir internet, se deberá hacer la consulta si la velocidad efectiva supera los 4 megabites, de ser así, estaría cumpliendo con una velocidad apropiada para el acceso y utilización de servicios y aplicaciones como facebook.
Por este motivo, Aspec recomienda ingresar a aplicativos o páginas web en las cuales se pueda medir la velocidad que tiene de internet.